lunes, 28 de julio de 2008

Nota al Defensor del Pueblo de la Nación

FUNAM
FUNDACIÓN PARA LA DEFENSA DEL AMBIENTE
ENVIRONMENT DEFENSE FOUNDATION
Miembro de la RENACE
Organismo con Status Consultivo en ECOSOC, Naciones Unidas (Nueva York, USA)
Casilla de Correo 83, Correo Central, (5000) Córdoba, Argentina.
Teléfono y Fax 03543-422236 (Presidente) y 031- 4690282 (FUNAM)
E-mail: funam@funam.org.ar Página Web: //www.funam.org.ar/


Córdoba, 28 de julio de 2008.

EDUARDO MONDINO
Defensor del Pueblo de la Nación
Ciudad de Buenos Aires
Argentina

Tengo el agrado de dirigirme a Usted para presentarle una formal solicitud de intervención en el caso "Bouwer-Potrero del Estado" pues está en peligro la salud de los vecinos de Bouwer, de los pobladores del caserío ubicado junto a Potrero del Estado, y de los empleados y reclusos del penal de Bouwer (Departamento Santa María, provincia de Córdoba). Le agradeceríamos tomase este caso, y nos remitiese, de aceptarlo, la nota correspondiente.

1. CUADRO DE SITUACIÓN

En la zona de "Bouwer-Potrero del Estado" coinciden una serie inusitada de fuentes de contaminación:

1.1. Enterramiento sanitario de residuos domiciliarios a cargo de la empresa CLIBA.

El predio de relleno sanitario de los residuos que produce la ciudad y que opera la empresa Cliba (se depositan actualmente unas 2000 toneladas/día de residuos). Este predio viene siendo utilizado desde hace unos 26 años por la Municipalidad de Córdoba sin que se haya formalizado ningún tipo de consulta ni acuerdo con la comuna de Bouwer, que recibe su impacto ambiental (ver abajo). Ya se han completado las Celdas 1 a 8, y sobre la Celda 9 (con una profundidad de 17 metros) la empresa ha formado una inconcebible montaña de residuos que tiene más de 30 metros de alto, y una base con 800 metros de largo por 350 metros de ancho. La basura enterrada y la montaña de basura tienen una suma de casi 50 metros verticales de residuos. El predio es pésimamente administrado, y sus residuos, sólidos, líquidos y gaseosos contaminan el aire, el suelo y las aguas, y afectan la salud y la calidad de vida de las personas expuestas.

Entre los eventos que podrían generar impactos rápidos y masivos destaca la posibilidad de incendio a gran escala.

Las principales descargas del relleno sanitario son las siguientes:

a) Generación de lixiviados altamente contaminados y contaminantes. Suelen contener compuestos orgánicos (por ejemplo compuestos halogenados alifáticos, fenol y alquil fenoles, compuestos aromáticos policíclicos, clorobencenos, pesticidas, etc.) y metales + compuestos metálicos. En los enterramientos los lixiviados llegan a contener más de 400 parámetros y compuestos, muchos de ellos de alto riesgo sanitario y ambiental) (Oman & Junestedt, 2007).

b) Generación de gases y partículas que se ventean sin tratamiento. La degradación anaerobia de residuos sólidos urbanos, donde la composición incluye cada vez más residuos peligrosos, genera principalmente metano (CH4), aproximadamente un 40-60% del total, y dióxido de carbono (CO2), además de cientos de otras sustancias, muchas de ellas tóxicas, denominadas Compuestos Orgánicos No Metánicos (CONM). Los gases pueden contener asimismo mercurio y otros metales pesados. La quema de estos complejos químicos suele generar dibenzodioxinas y dibenzofuranos, y cócteles impredecibles de otras sustancias (Montenegro, 2008; Capón, Wherless & Frediani, 1998). Estos gases y partículas pueden llegar a Bouwer.

c) Contaminantes microbiológicos (virus, bacterias).

d) Olores.

Actualmente la Municipalidad de Córdoba pretende extender la vida útil de este predio por otros 8 años. Aunque ha puesto a la venta el pliego para la Recolección de la Basura de la Ciudad de Córdoba, la Evaluación de Impacto Ambiental correspondiente no ha sido aprobada por la Secretaría de Ambiente del gobierno de la provincia de Córdoba (Ley Provincial 7343/1985 y Decreto Reglamentario 2131 sobre Evaluación de Impacto Ambiental). Esta evaluación se formalizó además en el marco del Comodato otorgado por la provincia a la Municipalidad de Córdoba para que, eventualmente, en tanto cumplimente la normativa vigente, pueda seguir utilizando el predio. Le aclaramos que Potreros del Estado, ubicado a 17 kilómetros de la ciudad de Córdoba, no está dentro de la jurisdicción de la ciudad de Córdoba.

A la fecha de presentación de la presente nota la Comunidad regional del Departamento Santa María no ha otorgado la factibilidad de localización y operación que prevé el Decreto Provincial 2131, por lo cual el EIA no puede ser aprobado, y toda decisión que tomó o tome la Municipalidad de Córdoba está viciada de nulidad (incluida la Ordenanza que aprobó el Pliego del llamado a licitación, y la venta de ese pliego).

Cabe señalar que además de basura el predio también ha estado recibiendo la descarga de residuos sólidos procedentes del tratamiento de líquidos cloacales. También se habrían registrado descargas de líquidos cloacales transportadas hasta el lugar por camiones atmosféricos.

1.2. Incineración de residuos peligrosos a cargo de la empresa CLIBA.

El horno pirolítico quema residuos patógenos. Se pudo comprobar que durante el funcionamiento (principalmente nocturno, a partir de las 21:00 horas) contamina el aire con humos y olores desagradables (cf. González, 2006). Entre los eventos que podrían generar impactos rápidos y masivos destaca la posibilidad de incendio a gran escala, y posible explosión. Sus gases, partículas y olores pueden llegar hasta Bouwer.

Principales descargas: gases y partículas aerodispersables (dibenzodioxinas, dibenzofuranos, metales pesados, etc.), barros de los procesos de filtrado, cenizas peligrosas, y lixiviados. Las cenizas peligrosas se estarían acumulando en la empresa Taym (González, 2006).

1.3. Planta de tratamiento y disposición final de residuos peligrosos a cargo de la empresa TAYM.

También opera en Bouwer-Potreros del Estado una empresa privada, Taym, que recibe, trata y almacena residuos peligrosos. La cantidad de residuos depositados aumenta en forma permanente. En este depósito se hallan enterradas las 11 toneladas de DDT y otros plaguicidas prohibidos que se erradicaron del depósito que Senasa tenía en barrio Alta Córdoba (ver abajo). En este caso, denunciado por FUNAM a la Justicia Federal, y en el cual también intervino la Defensoría del Pueblo de la Nación, el presidente de Senasa fue imputado. Los vecinos deben soportar las fuertes emanaciones que descarga este depósito, donde se reciben -entre otros residuos- restos de plaguicidas. A los riesgos de la fuente (la empresa Taym) se agrega el riesgo derivado de los transportes.

Esta empresa concentra una alta diversidad y cantidad de residuos peligrosos, entre ellos los plaguicidas obsoletos retirados de los depósitos del SENASA en Alta Córdoba y Villa Dolores. TAYM tiene una capacidad de tratamiento de 7500 ton/año de residuos peligrosos (Ley Nacional 24051). Sus instalaciones cuentan con fosa de seguridad. Está habilitada por la ex Agencia Córdoba Ambiente (actualmente Subsecretaría de Ambiente) para tratar residuos de las categorías Y02, Y03, Y04, Y07, Y08, Y09, Y11, Y 12, Y13, Y16, Y17, Y 18, Y21, Y22, Y23, Y24, Y25, Y26, Y27, Y29, Y30, Y31, Y32, Y33, Y34, Y35, Y36, Y37, Y39 e Y48 (cf. González, 2006).

Provoca una "evidente contaminación del aire". En sus inmediaciones se percibe un intenso olor a plaguicidas, en particular 2,4 D (González, 2006). Entre los eventos que podrían generar impactos rápidos y masivos destaca la posibilidad de incendio a gran escala, y posible explosión. Sus gases, partículas y olores pueden llegar a Bouwer.

1.4. Depósitos lineales y multicapa de vehículos descartados.

En el predio de la provincia existe un depósito judicial de vehículos (Justicia Provincial). Existen entre 15.000 y 20.000 vehículos. Están acumulados en forma de empalizada, con hasta 4-5 vehículos de altura. Entre sus posibles descargas pueden mencionarse:

a) Lixiviados que contendrían metales pesados, restos de aceites, restos de combustibles (derivados de los vehículos y sus partes, por ejemplo baterías, motores, sistemas de transmisión, etc.). Escorrentía de esos lixiviados.

b) Dispersión de complejos químicos resultantes de la quema de vehículos.

Constituyen además una notable fuente de microhabitats para la reproducción de mosquitos, especialmente del mosquito transmisor del dengue y de la fiebre amarilla (Aedes aegypti). Sus empalizadas con alta disponibilidad de cavidades que pueden almacenar y conservar agua son un riesgo sanitario permanente. La propia disposición de los vehículos en empalizada genera además microhabitats prácticamente inaccesibles (cf. González, 2006).

1.5. Ex fundición de plomo y sus rezagos.

Durante aproximadamente tres décadas funcionó en el camino de enlace con el Camino a San Carlos la empresa Metalúrgica Bouwer. Hasta el año 2005 operó con chimenea abierta, descargando por lo tanto metales pesados al ambiente (principalmente plomo). En el año 2006 se logró su clausura. Aunque fue desmantelada persisten varios focos (fuentes) con escorias metálicas. Hubo además diseminación sin control de las escorias (cf. González, 2006).

La fundición contaminó el aire y el suelo, y a través de estos medios contaminados afectó a niños, adolescentes y adultos. Aunque la planta dejó de operar, sus residuos siguen activos. Análisis recientes mostraron elevados tenores de plomo en sangre. Este caso también se encuentra en la Justicia, que ha tomado decisiones trascendentes.

Para evaluar el impacto que ha tenido el plomo de esta fundición sobre la capacidad de aprendizaje de los niños y adolescentes de Bouwer, FUNAM junto a la Cátedra de Biología Evolutiva de la Facultad de Psicología (Universidad Nacional de Córdoba) ha elaborado un protocolo de investigación. Este estudio se iniciaría en la segunda mitad del año 2008.

1.6. Otras fuentes de contaminación.

En la zona actuarían otras posibles fuentes de contaminación, entre ellas:

a) La aplicación de plaguicidas en los bordes del pueblo (principalmente glifosato, endosulfán y 2,4 D). Estas sustancias son disruptoras endocrinas incluso a bajas dosis (tienen actividad estrogénica).

b) Los tanques de agua domiciliarios que por carecer de tapa o no estar estancos reciben permanentemente la descarga de contaminantes. Tales sustancias pueden contaminar el agua y los sedimentos del tanque, y por lo tanto ingresar a la red domiciliaria interna.

c) Transformadores eventualmente contaminados con PCBs.

d) Líneas de media tensión (13.2 kV) y sus campos magnéticos de bajas frecuencias.

1.7. Cócteles de contaminantes.

Las diferentes sustancias generadas por las distintas fuentes (ver arriba, fuentes 1.1 a 1.6) pueden encontrarse en forma conjunta en un "medio", lo que genera un complejo contaminante formado por "n" diferentes sustancias que pueden neutralizar sus efectos, adicionar sus efectos, e incluso sinergizar sus efectos. Las personas están expuestas por lo tanto a cócteles de contaminantes variables, que al interactuar con las personas expuestas (y sus diversas resistencias orgánicas) generan variables afectaciones de la salud.
2. TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

La Comuna de Bouwer a cargo de Juan Lupi ha presentado ante la Municipalidad de Córdoba y la Secretaría de Ambiente de la provincia una serie de documentos donde se plantean todas las situaciones anteriores, y se exige, entre otros temas, el inmediato cierre del incinerador de residuos patógenos. También formalizó una presentación ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Córdoba para que se solucione el problema de los 20.000 vehículos en depósito. Más recientemente, tanto FUNAM como la Comuna de Bouwer denunciaron públicamente que el proyecto de pliego para la captura de gas metano del relleno sanitario (sic, en realidad gases totales) no garantiza el tratamiento de los gases totales. Cabe acotar que los gases producidos por los rellenos sanitarios (ver abajo) incluyen sustancias tóxicas y cancerígenas.

3. REQUERIMIENTOS

Solicitamos formalmente su intervención para que la Defensoría del Pueblo de la Nación realice las gestiones y presentaciones pertinentes, administrativas y eventualmente judiciales, que permitan proteger la salud de los habitantes de Bouwer-Potreros del Estado. Para ello sería indispensable que los organismos pertinentes de la Municipalidad de Córdoba, del gobierno provincial y del gobierno de la Nación tengan en cuenta los siguientes requerimientos (referidos principalmente al Pliego para el Llamado a licitación de la Recolección de la Basura en la ciudad de Córdoba:

3.1. Excluir definitivamente como sistema de tratamiento de los residuos patógenos la incineración (uso de hornos pirolíticos). Cerrar definitivamente el horno pirolítico actual.

3.1.1. En Potreros del Estado este sistema funcionó durante años en pésimas condiciones de operación y sin que se midieran adecuadamente las emisiones de dibenzodioxinas y dibenzofuranos policlorados (entre otras sustancias). Lo anterior hizo que FUNAM efectuara una serie de presentaciones administrativas. Cabe aclarar que aún los incineradores de última generación (que no son por cierto los instalados en el predio) descargan dibenzodioxinas y dibenzofuranos al aire. El pliego, por ejemplo, confunde dioxinas específicas (como 2,3,7,8 TCDD) con el total de variantes químicas de dioxinas (ver a continuación), y transcribe (a nivel de monitoreo) variables que parecen haber sido copiadas de algún pliego o texto sin demasiada base técnica, ni ajuste a los problemas ambientales observados localmente.

Las dibenzodioxinas policloradas (PCDDs) son un grupo integrado por 75 sustancias (o variantes químicas). El grupo de los dibenzofuranos policlorados (PCDFs), por su parte, está compuesto por un total de 135 sustancias (o variantes químicas). Del total sumado (dibenzodioxinas + dibenzofuranos), 210, un total de 17 son de alto riesgo para la salud y el ambiente. La dibenzodioxina más tóxica es la 2,3,7,8 tetracloro dibenzo p dioxina (TCDD), que no debe confundirse (como lamentablemente ocurre en los pliegos) con el grupo químico de 75 sustancias. Los efectos más notorios de la TCDD en personas expuestas son: pérdida de peso, disrupción endócrina (afectación del sistema inmune), hepatotoxicidad, teratogenia (generación de malformaciones en embrión y feto), afectación del sistema reproductivo, aumento de tumores, y mayor producción de enzimas. Las dibenzodioxinas no se disuelven en agua y son altamente persistentes (pertenecen al gran grupo de los COPs). En los organismos vivos son liposolubles, acumulándose por lo tanto en tejido graso. La duración de su vida química puede superar la duración de la vida de las personas.

Para dibenzodioxinas Notario (Canadá) estableció en su Criterio de Calidad de Aire para 24 horas de muestra un valor límite de 5 picogramos TEQ por metro cúbico de aire [TEQ = Equivalente tóxico (en peso) a la 2,3,7,8 TCDD]. Para otros medios estos son los límites en Ontario: en agua de bebida 15 picogramos TEQ por litro (valor provisorio), en suelo residencial 1000 picogramos TEQ por gramo, y en suelo agrícola 10 picogramos TEQ por gramo. La ingesta total permitida (TDI = Tolerable Daily Intake, Canadá, 1990) es de 10 picogramos de 2,3,7,8 TCDD TEQ por kilogramo de peso del cuerpo por día.

En lo que hace a la gestión de los residuos sólidos urbanos en Córdoba las dibenzodioxinas y dibenzofuranos son producidos no solamente por el sistema de incineración localizado en el predio (tema tratado en esta sección) sino también durante los procesos de degradación de los residuos contenidos en la celdas (cuyos gases se ventean actualmente sin tratamiento), y en la propuesta quema sin filtrado de los gases de relleno (ver abajo). Durante nuestra exhaustiva búsqueda de posibles monitoreos de dibenzodioxinas y dibenzofuranos en el predio de Potreros del Estado no encontramos estudios ni tampoco valores. Este vacío es particularmente grave. Actualmente las técnicas analíticas permiten determinar hasta partes por trillón y partes por cuatrillón de PCDDs y PCDFs (sobre muestras, no lectura directa en chimenea por ejemplo). El uso de indicadores de fácil medición como COx para la estimación teórica de emisiones de PCDDs y PCDFs no debería admitirse.

3.1.2. El Municipio debería haber implementado un sistema de gestión integrada de los residuos patógenos destinado a reducir el riesgo de los desechos producidos y su cantidad, y establecer como métodos de tratamiento el autoclavado (previsto en el pliego) y las microondas, con o sin trituración previa.

El problema de los residuos patógenos no se soluciona con el solo abordaje de su destino final.

FUNAM presentó insistentemente ante la Municipalidad de Córdoba las pautas de este sistema de gestión, pero nunca se los discutió ni puso en práctica. Tales sistemas incluyen recomendaciones para los generadores (como sistemas de compra selectiva para reducir la posterior descarga de residuos de mayor toxicidad), para la separación in situ de los residuos, para su almacenamiento transitorio en fuente, para su almacenamiento pre recolección, y para su transporte. Algunas de estas prácticas están normalizadas, pero falta el enfoque de sistema.

3.1.3. Realizar un estudio sobre el impacto que ha tenido el horno pirolítico y sus operaciones. Este estudio incluye la evaluación de los valores de descarga e impacto acumulado para sus actividades y procesos, a saber:

b.1. Efluentes gaseosos, particulados y de otra naturaleza descargados al aire, que incluya la evaluación de contaminantes orgánicos (en particular dibenzodioxinas, dibenzofuranos y otros Compuestos Orgánicos Persistentes), e inorgánicos. Durante el total de años que ha estado operando el incinerador se habrían producido posibles acumulaciones de contaminantes orgánicos e inorgánicos en medios a determinar.

b.2. Líquidos (lixiviados) eliminados a la superficie, al subsuelo o a otros medios, que incluya la evaluación de contaminantes orgánicos, inorgánicos y microbiológicos.

b.3. Cenizas in situ y en su lugar de destino final que incluya la evaluación de contaminantes orgánicos, inorgánicos y microbiológicos. Durante el total de años que ha estado operando el incinerador se habrían producido posibles acumulaciones de cenizas y sus contaminantes orgánicos e inorgánicos en medios a determinar.

También debe evaluarse en los operarios del horno pirolítico la presencia en sangre de PCBs, dibenzodioxinas, dibenzofuranos, y metales pesados.

3.2. Cerrar el ciclo de recepción en el predio de Potreros del Estado de la basura producida por la ciudad de Córdoba, buscando un lugar alternativo.

Después de >26 años de acumulación de basura, no se puede aceptar un nuevo período de 8 años. Es indispensable que la Municipalidad de Córdoba y el gobierno de la provincia busquen un nuevo sitio y dispongan además la remediación del predio. Mientras siga funcionando el relleno sanitario deberían tenerse en cuenta las siguientes restricciones:

3.2.1. Reconsiderar la recepción de residuos sólidos de otras jurisdicciones, y de la planta de tratamiento de líquidos cloacales (residuos del pretratamiento, residuos del tratamiento).

a) No deberían recibirse residuos que no pertenezcan a la ciudad de Córdoba y a la localidad de Bouwer.

No queda claro en los pliegos la recepción de residuos sólidos urbanos procedentes de terceros (ver Anexo XIII de los pliegos, comienzo). Solo deberían recibirse los residuos de la ciudad de Córdoba y de la Municipalidad de Bouwer.

El predio no debe convertirse en un vertedero regional. Los vertederos regionales desincentivan los programas de reducción de descarga de basura domiciliaria y de reciclaje de los Municipios participantes, y concentran (trasladan) los impactos ambientales y sanitarios desde esos Municipios a la comuna o jurisdicción en que se localiza el vertedero compartido.

b) FUNAM sugiere que se suspenda indefinidamente la recepción de residuos sólidos de la planta de tratamiento de líquidos cloacales (residuos del pretratamiento [sólidos captados por el sistema de rejas], residuos del tratamiento), pues incorpora al predio una nueva fuente de riesgo, en este caso microbiológico (virus, bacterias).

Los mecanismos previstos en los pliegos para reducir estos riesgos son técnicamente pobres y de dudosa efectividad.

3.2.2. No a la quema de gases de vertedero sin filtrar. Sí al tratamiento de los residuos de la purificación. Falso Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL).

El pliego prevé la quema de los gases de descomposición del enterramiento. FUNAM se opone a esta práctica porque dichos gases son de alta complejidad, tienen una composición impredecible (dado que la mezcla de residuos en descomposición es variable), y resultan de riesgo para el ambiente y la salud humana. La degradación anaerobia de residuos sólidos urbanos, donde la composición incluye cada vez más residuos peligrosos, genera principalmente metano (CH4), aproximadamente un 40-60% del total, y dióxido de carbono (CO2), además de cientos de otras sustancias, muchas de ellas tóxicas, denominadas Compuestos Orgánicos No Metánicos (CONM). Los gases pueden contener asimismo mercurio y otros metales pesados. La quema de estos complejos químicos suele generar dibenzodioxinas y dibenzofuranos, y cócteles impredecibles de otras sustancias.

Por la naturaleza peligrosa de los CONM, el gas de los rellenos debe serrecolectado antes de su liberación y en ningún caso ser quemados. Estudios recientes realizados sobre 38 rellenos sanitarios en Nueva York descubrieron que lasmujeres que viven en cercanías de rellenos de residuos sólidos con venteo de gas sin tratar tienen cuatro veces más probabilidad de padecer cáncer de vejiga yleucemia.En Estados Unidos las reglamentaciones federales requieren que los rellenos que tienen una capacidad permitida de residuos igual o mayor a 2,5 millones de metroscúbicos, determinen las emisiones anuales de Compuestos Orgánicos NoMetánicos (CONM). Si las emisiones de CONM son mayores o iguales a 50 MG/año(megagramos por año), el relleno debe adherir a las Pautas sobre Estándaresde Desempeño y Emisiones para Nuevas Fuentes (NSPS/EG por su sigla eninglés). Las NSPS/EG incluyen la presentación de informes de cumplimiento,la instalación de sistemas de recolección de gases, un 98% de eficiencia enla "destrucción" del gas de los rellenos, y la adhesión a procedimientosespecíficos de operación y mantenimiento. Esto significa que el relleno debe recolectar los gases y establecer un destino. Aunque existen otras alternativas con frecuencia se queman.

Cuando se queman gases de vertedero que no han sido filtrados (una propuesta contenida en los pliegos) pueden generarse dibenzodioxinas y dibenzofuranos. Las PCDDs y PCDFs también se producen fuera de las chimeneas de los incineradores y de lo sitios de quema de gases cuando las masas de aire con precursores químicos se enfrían. El gas de los rellenos no es limpio, "verde" ni renovable. En general los sistemas de recolección de gases solo captan el 50% o menos del total de gases producidos. Cuanto más antiguo es el vertedero, mayor la cantidad y diversidad de gases que se genera. En el caso de Potreros del Estado en Córdoba los gases de vertedero se ventean desde hace años sin recolección previa y tratamiento, creando situaciones de riesgo sanitario cuyas consecuencias tienen que ser investigadas.

El procedimiento más correcto para reducir al mínimo la producción de gases de relleno tóxicos incluye las siguientes pautas:3.2.2.1. Evitar la mezcla de residuos orgánicos e inorgánicos en los rellenos. Los residuos orgánicos deberían ser digeridos o comportados, y luego vertidos en un relleno para un solo tipo de materiales (monofilled).

3.2.2.2. Los gases de relleno deben ser recolectados y filtrados (a esto se refiere su tratamiento), nunca quemados. Los residuos del filtrado deben a su vez ser adecuadamente tratados. Lamentablemente los pliegos prevén con absoluta ligereza la captación y quema de gases no filtrados, asumiéndolo como sistema de tratamiento. Prohíbe el venteo pero genera un nuevo tipo de venteo altamente impredecible, con posible descarga de dibenzodioxinas y dibenzofuranos. En los pliegos también subyace el aumento (planificado?) de la producción de gases de vertedero, y la puesta en marcha de un dudoso Mecanismo de Desarrollo Limpio.

El MDL que proponen los pliegos (y por lo tanto la propia Municipalidad) es un falso mecanismo de desarrollo limpio. Quienes redactaron estas secciones de los pliegos (Ver Anexo XIII, propuestas para el desarrollo de Mecanismos de Desarrollo Limpio en el contexto del Protocolo de Kyoto) ignoran evidentemente que los gases complejos que producen los vertederos contienen sustancias precursoras de dibenzodioxinas y dibenzofuranos (además de dibenzodioxinas y dibenzofuranos producidos en las propias celdas), y que la quema de gases no purificados es una fuente significativa de PCDDs y PCDFs. No se puede jugar tan ligeramente con la combustión de CONM (Compuestos Orgánicos No Metánicos).

La posible quema de metano para la eventual certificación de un MDL está supeditada: a) Al filtrado de los gases de vertedero; b) A la producción de metano sin acompañantes precursores de PDBDs y PCDFs, y sin otros gases que pudieran resultar tóxicos y cancerígenos, y c) Al tratamiento de los residuos del filtrado.

Los gases purificados que contienen metano y dióxido de carbono pueden ser quemados para generar electricidad o calor. Otra línea alternativa de mayor costo incluye su entubado en líneas de gas natural (metano). Esta última posibilidad está contemplada con algunos resguardos en los pliegos.

3.2.3. Formalizar un estudio sinecológico del predio y sus áreas vecinas, y evaluaciones de impacto ambiental rigurosas que fundamenten el diseño de un protocolo de monitoreo ambiental y sanitario dentro y fuera del predio.

3.2.3.1. En los pliegos no está previsto un análisis sinecológico que incluya la totalidad del predio [universo micro], a las áreas circundantes, y a las otras actividades de riesgo ubicadas en la zona (área contaminada por plomo de origen industrial, planta de almacenamiento de residuos peligrosos, existencia de cultivos donde se aplica gran cantidad de plaguicidas, etc.) [universo macro].

En el estudio sinecológico deben incluirse los asentamientos y comunidades potencialmente afectadas (en especial Bouwer).

3.2.3.2. Como parte de este estudio deberían realizarse tres evaluaciones de impacto ambiental (EIA):

a. Del predio con su sistema de celdas y efectos de las operaciones, separando claramente los siguientes universos:

a.1. Residuos sólidos urbanos convencionales (RSU).
a.2. Residuos patógenos y cenizas enterrados en el predio.
a.3. Restos de escombros y afines.
a.4. Residuos sólidos del pretratamiento y tratamiento de líquidos cloacales.

Esta evaluación de impacto ambiental incluye la determinación de los valores de descarga e impacto acumulado para cada uno de los universos anteriores esto es:

i) Efluentes gaseosos, particulados y de otra naturaleza descargados al aire, que incluya la evaluación de contaminantes orgánicos, inorgánicos y microbiológicos.

ii) Líquidos (lixiviados) eliminados al subsuelo o a otros medios, que incluya la evaluación de contaminantes orgánicos, inorgánicos y microbiológicos.

iii) Migración de sólidos residuales en suelo (relacionado con la variable a.2), que incluya la evaluación de contaminantes orgánicos, inorgánicos y microbiológicos asociados a los anteriores.

b. De la planta de reciclaje y sus operaciones, y que se han estado desarrollando asociadas al predio.

c. Del destino que se le dio y está dando a las pilas y baterías que se recolectaron durante varios años, y que se almacenaban en contenedores.

FUNAM desconoce el destino que se ha dado a los depósitos de pilas y baterías, y que por su naturaleza son residuos peligrosos (Ley Nacional 24051).

Consideramos que los pliegos deberían unificar en el universo "reciclaje" no solo a los residuos reciclables (como plásticos, vidrios, papel y cartones, metales ferrosos, metales no ferrosos, etc.) sino también a los residuos con destino de acumulación aislada para los cuales están desarrollándose alternativas de reciclaje y reuso. Por ejemplo:

c.1. Pilas y baterías, incluidas baterías de vehículos, de origen domiciliario.
c.2. Chatarra electrónica de origen domiciliario.
c.3. Cartuchos y otros sistemas de almacenamiento comercial de tintas y tóner para impresoras y afines, de origen domiciliario.
c.4. Chatarra de vehículos.
c.5. Envases y restos de medicamentos de origen domiciliario.
c.6. Envases y restos de plaguicidas de origen domiciliario.
c.7. Envases y restos de pinturas, barnices y otras sustancias afines de origen domiciliario.
c.8. Envases y restos de elementos y sustancias de limpieza de origen domiciliario (por ejemplo limpiavidrios, destapacañerías, etc.).

Cabe acotar que la mayoría de estos residuos son considerados residuos peligrosos conforme a la Ley Nacional de Residuos Peligrosos 24051.

Gran cantidad de ítems pertenecientes a una o más de las categorías anteriores son descargados como parte de la basura de origen domiciliario.

Si bien se incluyen únicamente residuos de origen domiciliario, debería analizarse la posibilidad de dar solución concertada (multisectorial) a residuos que caen en una o más de las categorías anteriores, y son generados por comercios y empresas. Por ejemplo:

i) Envases y restos de plaguicidas originados en farmacias y droguerías.
ii) Envases y restos de plaguicidas originados en establecimientos agropecuarios.
iii) Envases y restos de pinturas, barnices y otras sustancias afines originados en comercios dedicados a su venta y fraccionamiento, etc.

3.2.3.3. En todos los casos debe evitarse el aumento de los impactos potenciales sobre el área cercana al predio (por ejemplo Bouwer).

3.2.3.4. Sobre la base de los estudios anteriores (que darían el nivel de referencia o nivel "cero" a que aluden los pliegos), y los conocimientos expertos, deberá diseñarse el sistema de monitoreo ambiental (protocolo). Este monitoreo debe realizarse dentro del predio y también en las áreas vecinas (zona de impacto).

La propuesta sobre monitoreo incluida en los pliegos no está suficientemente montada sobre los resultados que podrían derivarse de un estudio sinecológico y de EIAs solventes, y de un estudio epidemiológico. Las variables desplegadas son insuficientes y en algunos casos conservadoras. Falta la inclusión, por ejemplo, de indicadores epidemiológicos y de bioindicadores de contaminación. El monitoreo ambiental no se ajusta por otra parte a los riesgos reales de enterramientos complejos como el tratado, ni a su realidad poblacional, geográfica y ecológica. El protocolo del monitoreo debería incluir variables ambientales y epidemiológicas.

3.3. Remediar el depósito judicial de vehículos.

3.4. Realizar una auditoría independiente del funcionamiento de la planta de Taym, y evaluación de su impacto ambiental y sanitario. Reconsiderar sobre estos resultados su eventual cierre, temporal o definitivo.

3.5. Interceder ante el gobierno de la provincia de Córdoba para que realice los estudios epidemiológicos y ambientales solicitados por la Comuna de Bouwer. Oportunamente la Comuna solicitó:

3.5.1. La realización de un estudio epidemiológico (morbilidad y mortalidad) de caso-control, siendo el "caso" la comunidad de Bouwer-Potreros del Estado (potencialmente afectada por las fuentes de contaminación listadas anteriormente), y el "control" una comunidad cercana con tamaño poblacional similar pero que no está siendo afectada por las fuentes de contaminación listadas en este documento.

En la solicitud se le solicitó a los funcionarios responsables de la Provincia que dejen por escrito quien o quienes serían las personas responsables, y en qué plazos esa o esas personas y las instituciones involucradas concretarían lo establecido.

Como parte del estudio solicitado se recomendó efectuar toma de muestras biológicas a los pobladores de Bouwer-Potreros del Estado (por ejemplo muestras de sangre, eventualmente análisis de cabello) para detectar:

a) Metales pesados.
b) Arsénico.
c) Plaguicidas.
d) PCBs.
e) Otras sustancias (a acordar).

La provincia debería proponer un modelo estadístico para la toma de muestras y los correspondientes métodos de toma de muestras y de realización de los análisis para que sea considerado por el representante técnico de la Comuna.

La solicitud formulada a la provincia indica que durante todo el proceso, desde el diseño del protocolo hasta la notificación de los resultados analíticos, participará el representante técnico de la Comuna. Los resultados que se obtengan deberán ser comunicados inmediatamente a la Comuna de Bouwer, sin demoras de ningún tipo.

Para la adecuada realización de lo indicado anteriormente, y su vigilancia y control, la Comuna de Bouwer designó a su representante técnico, Adolfo González. Los vecinos a su vez designarían un representante para que se integre al grupo de trabajo.

3.5.2. La realización de un estudio ambiental que permita evaluar la magnitud (cuadro de situación) e impactos ya registrados de todas las fuentes de contaminación listadas en esta nota, y las que se pudieran agregar. Este capítulo incluye cuales serían las principales fuentes a ser evaluadas y las variables a ser medidas en los distintos medios.

En la solicitud se le solicitó a los funcionarios responsables de la Provincia que dejen por escrito, para este requerimiento, quien o quienes serán las personas responsables, y en qué plazos esa o esas personas y las instituciones involucradas concretarían lo establecido. Los resultados que se obtengan deberán ser comunicados inmediatamente a la Comuna de Bouwer, sin demoras de ningún tipo.

Para la adecuada realización de lo indicado anteriormente, y su vigilancia y control, la Comuna de Bouwer designó a su representante técnico, Adolfo González. Los vecinos a su vez designarían un representante para que se integre al grupo de trabajo.

4. SOLICITUD ESPECIAL

FUNAM le solicita a la Defensoría del Pueblo de la Nación apoyo para el desarrollo de los estudios que se iniciarán sobre los efectos del plomo en la capacidad de aprendizaje de los niños y adolescentes contaminados. Igualmente, apoyo para el desarrollo de otros estudios complementarios que se realizarían en conjunto con la comuna de Bouwer.

Sin otro particular lo saluda muy cordialmente,

Dr. Raúl A. Montenegro, Biólogo.
Presidente de FUNAM.

No hay comentarios:

Publicar un comentario